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Publicado el Real Decreto 414/2014, de 6 de junio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la adquisición de vehículos eléctricos en 2014

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Fecha de publicación:

11 de junio de 2014

Fuente:

B.O.E. nº 141, de 11 de junio de 2014

Descripción:

El objeto y finalidad de este real decreto es el de regular el procedimiento para la concesión directa de ayudas a la adquisición de vehículos eléctricos 2014 (Programa MOVELE 2014), para incentivar y promover la adquisición de vehículos eléctricos nuevos, entendiendo como tales aquellos cuya energía de propulsión proceda, total o parcialmente, de la electricidad de sus baterías, cargadas a través de la red eléctrica, facilitando y fomentando, con ello, el desarrollo de la movilidad eléctrica por su contribución a la mejora del sector del transporte, de la eficiencia energética y medioambiental así como a la reducción de la dependencia energética del petróleo

Contenido:

La financiación de las ayudas se realizará con cargo al presupuesto, por importe de 10.000.000 de euros y la gestión de las mismas se realizará por el IDAE a través de una aplicación desarrollada ad hoc como sistema telemático de gestión de ayudas del presente Programa MOVELE 2014.

Las adquisiciones deberán producirse a partir del día 1 de enero de 2014 y hasta el 31 de diciembre del mismo año, y las solicitudes deberán registrarse en el sistema telemático de gestión de ayudas del Programa MOVELE 2014 del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), desde la apertura del sistema hasta el 31 de diciembre de 2014 o hasta que se agote el presupuesto disponible del Programa, si esta circunstancia se produjera con anterioridad.

La cuantía de la subvención para todos aquellos vehículos de las categorías M1 y N1 que se propulsen con baterías, cargadas total o parcialmente con electricidad de la red, será de:

  • 3.000 euros para aquellos vehículos con autonomía exclusivamente eléctrica no superior a los 40 km y no inferior a 15 km.
  • 4.500 euros para aquellos vehículos con autonomía exclusivamente eléctrica superior a 40 km e inferior o igual a 90 km.
  • 6.500 euros para aquellos vehículos con autonomía exclusivamente eléctrica superior a 90 km.

Para estas mismas categorías y en los casos específicos de beneficiarios miembros de familias numerosas y de discapacitados con movilidad reducida que adquieran vehículos adaptados o que se adapten para su conducción, siempre que la adaptación conste en la ficha técnica del vehículo adquirido, las ayudas establecidas serán de:

  • 3.500 euros para aquellos vehículos con autonomía exclusivamente eléctrica no superior a los 40 km y no inferior a 15 km.
  • 5.300 euros para aquellos vehículos con autonomía exclusivamente eléctrica superior a 40 km e inferior o igual a 90 km.
  • 7.700 euros para aquellos vehículos con autonomía exclusivamente eléctrica superior a 90 km.

Así mismo, la adquisición de vehículos microbuses M2 y comerciales N2 será objeto de una subvención de 8.000 euros, siempre que su autonomía en régimen exclusivamente eléctrico sea superior a 90 km. La adquisición de vehículos autobuses y autocares M3 será objeto de una subvención de 20.000 euros, siempre que su autonomía en régimen exclusivamente eléctrico sea superior a 90 km, y los cuadriciclos ligeros L6e tendrán una subvención por vehículo de 1.800 euros y los cuadriciclos pesados L7e de 2.200 euros por vehículo.

Más información:

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventanaReal Decreto 414/2014, de 6 de junio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la adquisición de vehículos eléctricos en 2014, en el marco de la Estrategia integral para el impulso del vehículo eléctrico en España 2010-2014 (282 kbytes)

(Programa MOVELE 2014).